Empresa Servicios Clientes Recursos Humanos Contacto
Ultimas noticias
       
  01.   Hispánica Prevención adjudicataria de la coordinación de la autopista de peaje AP-46
       
  02.   Apertura delegación en Castilla la Mancha
       
  03.   Hispánica Prevención hace su 10º aniversario desde su fundación
       
Boletín 4  
EDITORIAL
 

01. A cuestas con la titulación de los Coordinadores de seguridad y salud en obras de construcción.

Es cada vez más frecuente encontrar discrepancias de criterio entre los diversos agentes que participan en la valoración o ejecución de las labores de Coordinador de seguridad y salud en obras de construcción.

Nos estamos refiriendo a la titulación especifica que debe poseer el Coordinador que actúa como tal en obras de edificación u obra civil. Entendemos que el principio de competencia nace del hecho de que la persona que asume esa responsabilidad, debe reunir los requisitos que la Ley de Prevención exige para ser considerado "Técnico Competente", es decir, estar en posesión de título universitario de grado medio o superior y acreditar la titulación especifica de Técnico de Prevención de Nivel Superior.

La práctica y, quizá el sentido común, ha venido acotando la extensión del campo de valoración y, es de general aceptación, que el cargo vaya aparejado a una titulación de carácter técnico de nivel técnico superior.

Por otra parte, no podemos olvidar el precepto contenido en la LOE, en la que se señala unas limitaciones al desarrollo de la actividad de Coordinador en base a las especialidades de construcción.

El problema surge cuando esas limitaciones afectan a otros colectivos profesionales, con formación igualmente técnica y que tienen reconocidas competencias en determinados tipos de obras. Pensemos en los Ingenieros Superiores o Técnicos de Minas, en obras subterráneas; o en los Ingenieros Superiores o Técnicos Industriales, en obras civiles con grandes instalaciones.

¿Hay alguien que pueda sostener que en dichos supuestos seria necesario contar con varios titulares de la Coordinación de distintas especialidades, rompiendo así el principio de unidad del titular de la Coordinación?.

Evitemos, por consiguiente, anteponer intereses corporativos a la racionalidad de las necesidades técnicas de la competencia profesional.





  NOTICIAS DEL SECTOR Y DE LA ACTIVIDAD
 

Por HISPANICA PREVENCIÓN
01. Manual de Coordinación de Hispánica Prevención editado por ECOIURIS.

Es curioso evidenciar que una materia tan debatida, como es la prevención de riesgos laborales en los ámbitos profesionales y mediáticos, que ha provocado tantos foros de discusión y análisis, (en consonancia con la trascendencia que para personas y sociedad tiene en su conjunto), haya provocado tan escasa literatura a la hora de enjuiciar y valorar la figura del Coordinador de Seguridad en obras de construcción, máxime cuando es una figura crucial para invertir la tendencia de accidentalidad laboral en un sector demasiadas veces señalado como el más peligroso, a pesar de que las estadísticas de otros sectores no le concedan la primacía que tanto se postula.

En la actualidad, con el transcurso de más de seis años de funcionamiento de la figura del Coordinador de Seguridad y Salud, se vislumbra con más nitidez en sus auténticos cometidos.

La concepción y la normativa de prevención de riesgos laborales han sufrido tal grado de modificaciones en los últimos años, que aún se suscitan entre los expertos controversia sobre el alcance y auténtica significación de algunas de las figuras profesionales incorporadas, no solo a nuestro ordenamiento jurídico, sino a la práctica diaria en nuestros tajos de trabajo.

Con frecuencia se confunden auténticos principios de actuación de las distintas figuras profesionales, con deseos y necesidades que nos gustaría ver resueltos a través de ellas, aún a costa de degradarlas y de transformarlas en algo bien distinto del espíritu que las creó.

Con la perspectiva que da el paso del tiempo y la experiencia, uno no se explica como no se creo antes la figura del Coordinador de seguridad y salud, con las atribuciones que actualmente tiene.

El presente manual tiene como objetivo primordial analizar el marco general de la coordinación de seguridad y salud en obras de construcción y establecer las normas técnicas del proceso de prestación de este servicio tan cualificado. En ningún caso pretende la recopilación de documentos de trabajo del Coordinador, aunque algunos se aportan en los anexos, sino prestar los conocimientos necesarios para que los Coordinadores y técnicos de prevención que pretendan acercarse a la actividad de coordinación, tanto desde el punto de vista profesional como doctrinal, tengan una guía sistemática del contenido de la misma, así como una referencia de apoyo ante cualquier duda.

Por HISPANICA PREVENCIÓN
02. Próxima apertura de delegación en Castilla la Mancha.

Derivado de su proceso de expansión geográfica, Hispánica tiene previsto abrir nueva delegación en Castilla la Mancha. Con objeto de atender el importante volumen de trabajo en la zona. La apertura de una delegación esta prevista en Guadalajara a finales del año 2006. La delegación tiene por objeto atender a la cartera de clientes ya existente en Castilla la Mancha, así como atender el volumen creciente de trabajo en el área limítrofe. Hispanica atiende asi las demandas de nuestros clientes, sobre todo aquellos con proyectos en el corredor del Henares, una de las zonas geográficas de mayor crecimiento demográfico y constructivo.




  ESTADÍSTICAS DE SINIESTRALIDAD DEL SECTOR DE CONSTRUCCIÓN
 

Fuente: Subdirección General de Estadísticas Sociales y Laborales. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
01. Estadísticas de siniestralidad.

Las estadísticas de siniestralidad de los diferentes sectores, en el avance de enero a mayo del año 2006, muestran una tendencia poco esperanzadora sobre la evolución de la siniestralidad española. Comparativamente con los datos del primer semestre del año pasado, este año se ha producido un ascenso de la siniestralidad en la mayor parte de los sectores, exceptuando el sector agrario. El sector de construcción sigue presentando aumentos en la siniestralidad respecto al periodo de enero a mayo del año 2005.

Mientras que en el año 2005 se habían producido en el sector de construcción 97.302 accidentes con baja, en el mismo periodo de este año se han producido 105.773.

Sin embargo los accidentes mortales en todos los sectores siguen en su tendencia a la baja. Mientras en el periodo de enero a mayo del 2005 se produjeron 413 accidentes mortales en el mismo periodo de este año se han producido 401.

Por comunidades autónomas en todos los sectores, la Comunidad Autónoma de Cataluña encabeza con 70.509 el número de accidentes con baja, seguido de Andalucía y Madrid.

En la siguiente dirección del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales puede encontrar el avance de las estadísticas de siniestralidad de los cinco primeros meses del año 2006:


http://www.mtas.es/estadisticas/BEL/ATE/index.htm





  NORMATIVA RECIENTE Y NOTAS TÉCNICAS
 

01. Aprobación del Real Decreto 396/2006 de Amianto.

El R.D. 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, e ntra en vigor el 11 de octubre de 2006.

Este RD responde a la necesidad planteada desde todos los ámbitos implicados de dotar a la normativa española sobre el amianto de una regulación única, evitando la dispersión y complejidad actual, que se vería aumentada en caso de proceder a una nueva modificación del reglamento.

Las actividades incluidas en el ámbito de aplicación del RD son:

  • Trabajos de demolición de construcciones donde exista amianto o materiales que lo contengan.
  • Trabajos de desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan.
  • Trabajos y operaciones destinadas a la retirada de amianto, o de materiales que lo contengan, de equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
  • Trabajos de mantenimiento y reparación de los materiales con amianto existentes en equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
  • Trabajos de mantenimiento y reparación que impliquen riesgo de desprendimiento de fibras de amianto por la existencia y proximidad de materiales de amianto.
  • Transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto.
  • Vertederos autorizados para residuos de amianto.
  • Todas aquellas otras actividades u operaciones en las que se manipulen materiales que contengan amianto, siempre que exista riesgo de liberación de fibras de amianto al ambiente de trabajo.

Antes del comienzo de obras de demolición o mantenimiento , los empresarios deberán adoptar -si es necesario, recabando información de los propietarios de los locales- todas las medidas adecuadas para identificar los materiales que puedan contener amianto . Si existe la menor duda sobre la presencia de amianto en un material o una construcción, deberán observarse las disposiciones de este real decreto que resulten de aplicación.

Sin perjuicio de la aplicación de otras disposiciones normativas relativas a la comercialización y a la utilización del amianto, se prohíben las actividades que exponen a los trabajadores a las fibras de amianto en la extracción del amianto, la fabricación y transformación de productos que contienen amianto añadido deliberadamente.

Se exceptúan de esta prohibición el tratamiento y desecho de los productos resultantes de la demolición y de la retirada del amianto.

El empresario deberá realizar una evaluación y, en caso necesario, la medición de los niveles de amianto a que estén expuesto los trabajadores:

  • Antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición al amianto incluido en el ámbito de aplicación de este real decreto, el empresario deberá elaborar un plan de trabajo. Dicho plan deberá prever, en particular, lo siguiente:
  • Que el amianto o los materiales que lo contengan sean eliminados antes de aplicar las técnicas de demolición, salvo en el caso de que dicha eliminación cause un riesgo aún mayor a los trabajadores que si el amianto o los materiales que contengan amianto se dejaran in situ;
  • Que, una vez que se hayan terminado las obras de demolición o de retirada del amianto, será necesario asegurarse de que no existen riesgos debidos a la exposición al amianto en el lugar de trabajo.

Los empresarios deberán asegurarse de que ningún trabajador está expuesto a una concentración de amianto en el aire superior al valor límite ambiental de exposición diaria (VLA-ED) de 0,1 fibras por medidas como una media ponderada en el tiempo para un período de ocho horas.

Efectos para el 1627/97 de obras de construcción

A estos efectos, la identificación de los materiales de contengan amianto deberá quedar reflejada en el estudio de seguridad y salud , o en el estudio básico de seguridad y salud, a que se refiere el Real Decreto 1627/1997 , de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, o en su caso en la evaluación de riesgos en aquellas obras en las que reglamentariamente no sea exigible la elaboración de dichos estudios.

 
   
Diseño: Intertoni.com